viernes, 14 de agosto de 2009

Sra. Juani Pareja en la radio

Entrevista Radial en el Programa
Negocios Inmobiliarios
de Radio Miraflores


El día 16 de junio de 2009 nuestra Presidenta, la Sra. Juani Pareja de Castro, fue entrevistada en el programa radial Negocios Inmobiliarios por la señal de Radio Miraflores.
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La Dra. María Yolanda Zaplana fue la encargada de la entrevista y se tocaron temas de actualidad del Mercado Inmobiliario de nuestro país, pero también se habló de la Ley del Agente Inmobiliario, y de las actividades de nuestra Asociación ASPAI.

Sra. Juana Pareja de Castro con la Dra. María Yolanda Zaplana
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jueves, 13 de agosto de 2009

Clases de Asociados ASPAI

ESTATUTO
ASOCIACION PERUANA DE AGENTES INMOBILIARIOS - ASPAI


CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS, SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS


ARTÍCULO 6.- Hay cuatro clases de Asociados:

I. ACTIVOS.- Son aquellas personas naturales que son incorporados a la Asociación por haber venido desempeñando la actividad inmobiliaria como actividad principal por más de dos años y haber obtenido el registro de agente inmobiliario de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29080 y su reglamento. Tienen voz y voto y deben cumplir con las obligaciones inherentes a su condición. Los asociados activos son los únicos asociados que pueden usar el logo de ASPAI y lo harán respetando las normas internas de uso establecidas por la institución. Para su ingreso se requiere ser admitidos por mayoría calificada en votación secreta del Consejo Directivo sin la presencia del postulante.

II. ESPECIALES.- Son aquellas personas naturales que sin tener experiencia como agentes inmobiliarios han obtenido el registro del agente inmobiliario de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29080 y su reglamento.
Estos asociados tienen voz pero no voto en las Asambleas. Automáticamente adquieren la condición de “asociados activos” luego de transcurridos dos años desde su incorporación a la Asociación. Para su ingreso se requiere ser admitidos por mayoría calificada en votación secreta del Consejo Directivo sin la presencia del postulante. No pueden participar de los procesos electorales ni ejercer cargos directivos. Los asociados especiales pueden formar parte de los Comités de la Asociación a excepción del Comité de Ética y Disciplina Los asociados especiales que ingresen a la institución con posterioridad al 9 de junio del 2009 no podrán utilizar el logo de ASPAI hasta convertirse en socios activos.

III. HONORARIOS.- Son aquellos que por su actividad personal y/o profesional se considera que han hecho merito suficiente con relación a los objetivos y/o fines de la Asociación. Son incorporados a propuesta del Consejo Directivo o de la Asamblea General. No requieren contar con el registro de agente inmobiliario. Tienen voz pero no voto en las Asambleas. No pueden participar de los procesos electorales, ni como candidatos ni como electores; tampoco pueden ejercer cargos directivos.

IV. AUSENTES.- Son aquellos asociados, sean activos o especiales que han comunicado al Consejo Directivo su intención de no participar de las actividades de la Asociación por un período determinado de tiempo que no puede exceder los 2 años, por motivo de viaje o de enfermedad.


REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE INGRESO

La solicitud de ingreso debe ser llenada íntegramente con letra de imprenta y se deberá adjuntar:

a) Fotocopia del DNI del solicitante.

b) 3 fotografías a color tamaño pasaporte.

c) Cartas Declaración de presentación de los socios proponentes.

d) Hoja de Vida (Currículum Vitae).

El solicitante deberá ser propuesto por 3 asociados hábiles, los que deberán estar al día en sus cuotas a ASPAI, a quienes el Consejo Directivo y/o El Comité de Ética y Disciplina se reserven el derecho de entrevistar en el momento que lo estimen conveniente.

Los asociados que firmen solicitudes de ingreso sin haber verificado la antigüedad, experiencia y línea de trabajo del postulante estarán sujetos a sanciones y la solicitud del postulante será declarada como NO presentada.

Los familiares consanguíneos del postulante, los miembros del Consejo Directivo así como los integrantes del Comité de Ética no podrán ser socios proponentes.

Para ser admitido como Socio Activo:

a) ser persona natural,

b) acreditar un mínimo de 4 años de trabajo ininterrumpido y a tiempo completo como Agente Inmobiliario,

c) o haber aprobado estudios en Gestión Inmobiliaria en una entidad educativa que tenga firmado convenio con ASPAI y que posea dos años de experiencia laboral como Agente Inmobiliario.

Todo lo antes indicado deberá ser refrendado por los asociados que firmen la solicitud de ingreso.

Para ser admitido como Socio Especial:

a) Ser persona natural,

b) Haber aprobado estudios en Gestión Inmobiliaria en una entidad educativa que tenga firmado convenio con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

c) No es necesario que tenga experiencia como Agente Inmobiliario.

Depositar en el plazo de 15 días posteriores a su aceptación como Asociado, la cuota de ingreso vigente al momento de la aprobación de la solicitud del postulante. La cuota de ingreso podrá ser modificada por acuerdo del Consejo Directivo de la Asociación.

martes, 4 de agosto de 2009

Cumpleaños ASPAI - Agosto 2009



Saludamos a todos nuestros asociados que cumplen años este mes.
Muchas Felicidades!!!


02 JESSICA MURILLO

03 MARIA TERESA SECCO

03 OSCAR CACERES

05 JAQUELINA GONZALES

07 MONICA HAAKER

08 MERY QUIROZ

09 FABIOLA MEDINA

11 PILAR PAREJA

12 CLARA MONTALVAN

14 VERÓNICA ALARCO

15 OSCAR LUCAS

17 MARIA ROSA OLAECHEA

21 RAUL ZUAZO

25 MARIA CECILIA JIMÉNEZ

27 MICHELLE VILLASANA

30 LILIAN GRUTER

Asesoría Inmobiliaria


¿POR QUE UTILIZAR LOS SERVICIOS DE UN AGENTE INMOBILIARIO?


La asesoría en intermediación de bienes raíces que los Agentes Inmobiliarios asociados a ASPAI ofrecen a sus clientes va más allá de las obligaciones que todo Agente Inmobiliario debe tener; teniendo el apoyo de nuestra Asociación en materias técnica y legales concerniente al ramo.

¿Puede un Agente Inmobiliario profesional, solucionar satisfactoriamente sus necesidades de comprar, vender o alquilar una propiedad?

La respuesta es SÍ y, a continuación, encontrará las razones que lo demuestran:

1. Un Agente Inmobiliario le economiza tiempo. Cuando está ocupado con todo su trabajo diario y las responsabilidades del hogar, un Agente Inmobiliario puede estar trabajando por usted enseñando su casa, cualificando compradores o buscando el mejor hogar para su familia.

2. Un Agente Inmobiliario le libera del "stress" al ayudarle fácilmente a través de las complejidades de los procesos de compraventa.

3. Un Agente Inmobiliario tiene acceso a un importante inventario actualizado de propiedades para la compra, venta y alquiler.

4. Un Agente Inmobiliario está conectado a una red de profesionales en la intermediación de bienes inmuebles, y posee además una importante cartera de clientes, minimizando así el tiempo en la venta o alquiler de su inmueble.

5. Un Agente Inmobiliario conoce el mercado. Puede aconsejar a los compradores sobre el valor de la propiedad y ayudar a los vendedores hacia la mejor estrategia de precios a nivel del mercado inmobiliario nacional.

6. Un Agente Inmobiliario le puede orientar sobre el financiamiento y otras necesidades relacionadas con la propiedad. Puede buscar a todos los profesionales que usted necesita cuando compra o vende.

7. Un Agente Inmobiliario conoce los asuntos legales envueltos en las transacciones de bienes raíces para ayudarle con mayor seguridad durante el proceso.

8. Un Agente Inmobiliario tiene las destrezas de mediación y negociación necesarias para asegurar que sus intereses sean satisfechos.

9. Un Agente Inmobiliario puede proveer los detalles sobre vecindarios, distritos escolares y la comunidad como un todo simplificando así su proceso de compra.

10. Un Agente Inmobiliario es un miembro de la comunidad al igual que usted, que tiene un interés genuino en proteger los valores de la propiedad y aumentar la calidad de vida global en su ciudad.


CONSEJOS PARA EL PROPIETARIO


1. No contacte a muchos Agentes Inmobiliarios, porque así ninguno se comprometerá con su proyecto. La personalización es importante.

2. Presente una propiedad limpia, ordenada y en buen estado.

3. Cuando haya contratado al Agente Inmobiliario, déjelo hacer su trabajo. Muchas ventas se terminan “cayendo” por gestos o comentarios inapropiados del propietario.

4. Trate de que sea el Agente Inmobiliario quien maneje los temas de consultas, regateos, opciones de compra, reparaciones y modificaciones que deseen hacer al inmueble los posibles compradores. Evite el estrés que estas situaciones generan.


CONSEJOS PARA EL COMPRADOR


1. Hacer una evaluación personal acerca de cuáles son vuestras necesidades, gustos y posibilidades. El Agente Inmobiliario le ayudará a concretar esos puntos.

2. Cuando ya eligió la propiedad escuche a su Agente Inmobiliario, quien debería asesorarle en cuanto al precio, financiamiento, contratos, impuestos, servidumbres, gravámenes, gastos de traspaso, plazos, uso del suelo, etc.

3. Solicítele al Agente Inmobiliario los planos de la propiedad, la información registral y municipal, entre otros.
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jueves, 16 de julio de 2009

Promoción para nuevos Asociados ASPAI

Promoción de ASPAI entre los egresados del
Diplomado de la Universidad del Pacífico


Con el fin de incrementar el número de miembros de nuestra Asociación y tener mayor presencia en el mercado inmobiliario nacional, el día 02 de abril del presente año, el Consejo Directivo de ASPAI invitó a sus instalaciones a los alumnos egresados del Diplomado en Gestión Inmobiliaria dictado en la Universidad del Pacífico.
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Estos Agentes fueron recibidos por nuestra Presidenta, la Sra. Juana Pareja de Castro, quien estuvo acompañada del Sr. Gerardo Cortada.

Se les dio unas palabras de bienvenida a los asistentes, y luego se les hizo una presentación de nuestra Asociación, de su trayectoria y sus actividades, para finalmente invitarlos a unirse a nosotros y a ser parte de la misma.
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Seguiremos invitando a los alumnos egresados del Diplomado de Gestión Inmobiliaria de la Universidad del Pacífico, pero también de otros prestigiosos centros de estudios como el IAG y la Universidad Católica entre otros.
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COMITÉ DE CAPACITACIÓN - Actividades Julio 2009

Conferencia Taller
Mercado de Oficinas, Locales Comerciales y de Retail

De acuerdo a la programación presentada por el Comité de Capacitación, el miércoles 15 de Julio a las 6:30 p.m. se desarrolló la conferencia - taller sobre el Mercado de Oficinas, Locales Comerciales y de Retail.


La cual estuvo a cargo de representantes de Colliers, Inmobiliaria especializada en este sector. En esta oportunidad nos mostraron las características peculiares de este sector en el proceso y la firma de sus contratos

El mercado Comercial y de Oficinas requiere un trato muy especial; por lo que estamos seguros sabremos aprovechar esta oportunidad para conocer más acerca del mismo.

Asimismo les recordamos las proximas actividades organizadas por el Comité de Capacitación para el mes de Agosto:


Agosto 12: Técnicas de Ventas, a cargo del Sr. Máximo Kinast

Agosto 19: Curso para asistentes, promotores y/o secretarias de agentes inmobiliarios, a cargo del Sr. Fernando Torres


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miércoles, 15 de julio de 2009

Almuerzo ASPAI - Julio 2009

Almuerzo ASPAI - Julio 2009


La ASOCIACIÓN PERUANA DE AGENTES INMOBILIARIOS - ASPAI celebró el tradicional almuerzo de camaradería que cada mes de Julio organiza el Comité de Protocolo y Relaciones Públicas.


En esta oportunidad dicho Comité, presidido por la Sra. Sima Napadenschi, organizó un encuentro muy especial en el restaurante BRUJAS DE CACHICHE.


El 09 de Julio nuestros asociados descansaron de sus actividades laborales por unas horas para disfrutar de un esparcimiento agradable, con el fin de fomentar la unión y confraternidad entre nuestros miembros y pasar un alegre momento entre colegas.

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Cumpleaños ASPAI - Julio 2009



Muchas Felicidades a nuestros Asociados que cumplen años este mes!!!


01 IDA RUBINI
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02 BEATRIZ DE PROAÑO
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04 CAROL LEON
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05 RAUL CASTRO STAGNARO
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09 VIVIAN ELMORE DE PARRO
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10 MARIA VICTORIA BASIGALUPO
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10 CARMEN PATIÑO
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12 LICA ARANA
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13 LUCHO LITUMA
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15 SILVIA HERAUD
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17 MARY LOUISE CANNOCK
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19 ROSANA BARRIGA
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19 TERESA CUEVA
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23 HELEN MODENESI
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23 GERARDO CORTADA
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27 VICTOR IPARRAGUIRRE
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28 JULIE RODRIGO
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31 JUAN IGNACIO ANAYA

martes, 30 de junio de 2009

COMITÉ DE CAPACITACIÓN - Actividades Junio 2009

Comité de Capacitación - JUNIO 2009

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El Mercado Inmobiliario está en constante movimiento, y nuestra capacitación debe de ser también CONSTANTE. El tener un Diploma es un requisito formal para nuestra labor. Actualizarnos permanentemente es una responsabilidad que tenemos con nuestros clientes, trabajo e inclusive nuestros colegas.

Capacitarse no es un COSTO...es una INVERSIÓN.

María Teresa Secco



Iniciando el proceso de actualización continua promovido por el Comité de Capacitación de ASPAI presidido por la Sra. María Teresa Secco, se dictaron el mes de Junio dos interesantes Seminarios.



El Miércoles 17 se dictó el Seminario "Gerencia y Desarrollo de Proyectos inmobiliarios desde la óptica de Agentes Inmobiliarios" a cargo del Ing. Alberto González, Gerente Comercial de Proyectos - Urbana PERÚ.

El Miércoles 24 se dictó el Seminario "Temas Municipales: Catastros, Zonificación, Áreas Mínimas, Acumulación Lotes, usos, etc" a cargo de la Sra. Silvia Rivas, funcionaria de la Municipalidad de Miraflores.

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lunes, 8 de junio de 2009

Procedimiento de Inscripción - Ministerio de Vivienda

Reglamento del Registro del Agente Inmobiliario

DECRETO SUPREMO Nº 004-2008-VIVIENDA del 16 Febrero 2008


CAPITULO III
DEL REGISTRO DEL AGENTE INMOBILIARIO




Artículo 5.- Organización del Registro

El Registro estará a cargo de la Dirección Nacional de Vivienda – DNV; tendrá dos secciones: Personas Naturales y Personas Jurídicas.

Artículo 6.- Procedimiento de Inscripción en el Registro

6.1. La inscripción en el Registro es gratuita, siendo obligatoria para aquellas personas naturales o jurídicas que realizan operaciones inmobiliarias dentro del territorio nacional, a cambio de una contraprestación económica.

Para la inscripción en el Registro, los solicitantes deberán presentar el Formulario de Inscripción o Renovación en el Registro de Agente Inmobiliario – FIR; cuyo formato será aprobado por la DNV; acompañado de los siguientes documentos:

6.1.1. En el caso de Personas Naturales:

a. Copia certificada de la Constancia del Curso de Especialización para Agentes Inmobiliarios.
b. Declaración jurada de encontrarse en pleno goce y ejercicio de derechos civiles.
c. Copia certificada del Documento Nacional de Identidad del solicitante.
d. Copia del Registro Único de Contribuyente.
e. Declaración jurada de domicilio.
f. Constancia de no registrar antecedentes penales por sentencia condenatoria.
g. Dos fotografías tamaño pasaporte en fondo blanco.

6.1.2. En el caso de Personas Jurídicas:

a. Copia Literal de la Partida Registral expedida por Registros Públicos, donde se encuentre inscrita la persona jurídica.
b. Nombre del representante legal y vigencia de poder.
c. Copia del Registro Único de Contribuyente.
d. Copia certificada del Documento Nacional de Identidad del representante legal.
e. Relación del personal que cuente con la capacitación especializada.
f. Copias certificadas de las constancias de capacitación del personal presentado.

Artículo 7.- Verificación del expediente y autorización de inscripción en Registro

7.1. La DNV verificará la documentación presentada de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 6 del presente Reglamento.

7.2. En caso de tener alguna observación por incumplimiento de los requisitos antes señalados, la DNV notificará al solicitante, en el domicilio señalado por este, para que en un plazo no mayor a (10) diez días hábiles de recibida la comunicación, proceda a subsanar las observaciones realizadas.

7.3. En caso que el solicitante no cumpla con subsanar las observaciones dentro del plazo previsto en el numeral precedente, la DNV tendrá por rechazada la solicitud y devolverá la documentación al solicitante.

7.4. De estar conforme con el cumplimiento de la documentación señalada en el artículo 6 del presente Reglamento, se derivará el expediente al Comité de Registro quien se pronunciará sobre el particular y mediante acuerdo autorizará su inscripción.

Artículo 8.- Emisión de Constancias e Inscripción en el Registro

8.1. En base al acuerdo expedido por el Comité de Registro, la DNV emitirá la Constancia correspondiente.

8.2. La autorización de Inscripción será anotada en un Libro autorizado por Notario Público, debiendo existir un Libro para Personas Naturales y otro para Personas Jurídicas.

8.3. Como parte del Registro se mantendrá un legajo individual de cada uno de los inscritos.

8.4. La Constancia de inscripción que se expide contendrá los siguientes datos:

a. Nombre de la persona a quien se expide
b. Número de Documento Nacional de Identidad y Registro Único de Contribuyente.
c. Número de Registro
d. Domicilio
e. Fecha de Registro
f. Fecha de expedición de la constancia
g. Fecha de expiración
h. En el caso de personas naturales fotografía.

8.5. El procedimiento para la inscripción en el Registro será de treinta (30) días hábiles, computados a partir de fecha de recepción del expediente.

8.6. Mediante correo electrónico se comunicará a los solicitantes de la expedición de las constancias para el recojo correspondiente. En el caso de los solicitantes del interior del país serán notificados vía correo electrónico, remitiendo el físico de la constancia vía correo certificado al domicilio consignado en su solicitud.

8.7. La relación de los Agentes Inmobiliarios registrados será publicada a través de la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la cual será actualizada mensualmente.

Artículo 9.- Vigencia de la Inscripción en el Registro

La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de tres (03) años, computados a partir de la fecha de Registro.

Artículo 10.- Renovación de la Inscripción en el Registro

10.1. La Inscripción del Agente Inmobiliario puede ser renovada. Para la renovación seguirá el mismo procedimiento observado en el artículo 7 del presente Reglamento.

10.2. Adicionalmente para la renovación se deberá presentar el FIR con los datos actualizados, en caso se presente alguna variación de los datos declarados para la obtención del registro se deberá presentar la documentación sustentatoria de dicha variación.

10.3. No serán susceptibles de renovación aquellos a quienes se les haya cancelado el registro por sanción. Los Agentes que hayan recibido sanción de multa deberán acreditar el pago de la misma al momento de solicitar la renovación.

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