domingo, 12 de septiembre de 2010

Diario El Comercio - 12 setiembre 2010

Informe publicado en el suplemento "Mi Empresa" del Diario El Comercio el día domingo 12 de setiembre de 2010. Escrito por Vanessa Antúnez, y en donde entrevistan a nuestra asociada la Sra. Mónica Selem de Penny






EL AGENTE INMOBILIARIO Más que intermediarios


LOS AGENTES INMOBILIARIOS QUE QUIERAN COMPETIR Y APROVECHAR EL ‘BOOM’ DE LA CONSTRUCCIÓN NO PODRÁN CONFORMARSE CON SER INTERMEDIARIOS. AHORA DEBERÁN SER ASESORES ESPECIALIZADOS EN TEMAS COMERCIALES, LEGALES Y TRIBUTARIOS. LOS QUE SE ASOCIEN Y FORMEN EMPRESA TENDRÁN VENTAJAS FRENTE A LOS QUE TRABAJEN POR SU CUENTA.

Por: Vanessa Antúnez
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Domingo 12 de Setiembre del 2010

La calle es una dura pero efectiva maestra. Fue ella la que le enseñó a Mónica Selem cómo aprender a ser una corredora de inmuebles, hace ya 17 años, cuando la compra y venta de residencias en los sectores A y B de Lima era un trabajo más empírico, basado en contactos sociales y adoptado principalmente por mujeres.

Durante este camino, Selem tuvo varios tropiezos a los que llama “éticos”. Una vez, una constructora no le quiso pagar su comisión, luego de que ella le consiguiera el comprador de un departamento. “Las sacadas de vuelta eran miles”, dice. En otro momento, un corredor le ofreció un inmueble para que lo proponga a su red de clientes y cuando ella consiguió al comprador, su colega le dio la mitad de la comisión (3%) como habían acordado. Sin embargo, la comisión real había sido de 4%. “Y una clásica es que le cuentas a un corredor supuestamente de confianza que tienes a tal cliente y te dice, ¡ah, ese ya lo tengo!, cuando no siempre es así”, explica.

Las malas prácticas de dichos clientes o corredores le enseñaron a ser más cuidadosa y a desarrollar mejor sus lazos de confianza. “Desde el inicio vas creando tu círculo, tienes uno pequeño, con gente de mucha confianza, al que recurres primero, luego vas a los círculos más amplios”, dice Selem, gerenta de la agencia Equipo Inmobiliario.

De acuerdo con Juani Pareja, presidenta de la Asociación Peruana de Agentes Inmobiliarios (Aspai), este “no es un tema de competir sino de saber compartir”. Por ello, los más de 200 asociados de Aspai tienen una red interna en la que pueden compartir cierta información de la demanda y oferta de inmuebles y así tener más opciones para cumplir con los clientes.

SE BUSCAN ESPECIALISTAS
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De acuerdo con Víctor Saldaña, gerente de Alfredo Graf & Asociados, el mercado inmobiliario está comenzando a madurar y este requiere de profesionales en bienes raíces que se desenvuelvan bien en el ámbito comercial, legal y tributario. “Lo que el cliente requiere, tanto el que compra como el que vende, es orientación, no solo un vínculo”, dice. En ese sentido, un mercado dinámico necesita de profesionales que se dediquen a la consultoría.

Al respecto, Moisés 
Ackerman, gerente de la agencia inmobiliaria MAK, dice que todo agente debería aspirar a formar una empresa, porque es bueno poder apoyarse en gente especializada a fin de atender mejor al cliente. MAK, que empezó hace 24 años con el servicio de venta, alquiler y compra de inmuebles, ahora se ha diversificado. “También regularizamos documentación y recomendamos decoradores y arquitectos”, dice Ackerman, quien ha creado una red de agentes en el país.

Mónica Selem, quien trabajó muchos años como persona natural con negocio, hace unos años decidió asociarse para formar Equipo Inmobiliario. “De esta manera tengo una fuerza de ventas más sólida y abro dos frentes: la venta de residencias y el trabajo con proyectos inmobiliarios”, dice Selem, quien actualmente tiene más de 15 clientes en el rubro de residencias.

Pero para tener una empresa, las reglas de juego deben ser muy claras. Melissa Talleri, quien tiene tres años como agente inmobiliario y acaba de formar Área Perú con su madre y su tía, ambas agentes de experiencia en el rubro, dice que hasta ahora las tres socias no han peleado, porque tienen una regla básica para dividir sus comisiones.

“Quien vende la propiedad se queda con el 80% y el 20% se reparte con las otras dos socias”, dice. Si aparecen situaciones distintas a las pactadas originalmente, las tres se sientan a conversar cuál debería ser la distribución más justa. Ellas decidieron formar la empresa porque es la única manera de seguir creciendo y con ese fin, las tres han llevado cursos de capacitación y actualización en diversas áreas.

“El trabajo con las constructoras es un nicho que está creciendo; en Lima cada vez hay más personas que buscan vivienda, que quieren independizarse y debemos estar preparadas para esa demanda”, comenta la gerenta de Área Perú, empresa cuyo 60% de ingresos proviene del servicio a las constructoras.

A la experiencia y capacitación se le suma la formalización de una empresa que brinde un servicio integral para fortalecer un nombre o una marca que le seguirá abriendo puertas.

Ahora la calle no basta.

PASO A PASO
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1. Verificar documentos
Una precaución que debe tomar un agente inmobiliario es revisar los documentos del inmueble y de los propietarios. ¿La propiedad tiene cargas o gravámenes? Esto se ve en la ficha de Registros Públicos. Hay que averiguar también si el inmueble es de uno o de más propietarios (que son parte de una herencia, por ejemplo). Se debe verificar si la residencia ha sufrido modificaciones, si hubo cambio del nombre de la calle y otros datos.

2. Asesorar al propietario
Para vender una propiedad, el agente debe saber las características buenas y malas. También debe asesorar al propietario para que el predio esté presentado de la mejor manera (hasta limpiar una ventana puede hacer la diferencia). El agente debe tener mucha intuición y tacto para obtener información clave del propietario. A veces este necesita vender rápido y por falta de confianza no le dice eso a su agente. Esto es importante, porque si hay urgencia por vender la estrategia de márketing debe ser más agresiva (por ejemplo, con un precio por debajo del mercado).

3. Precio adecuado
Un agente debería saber calcular cuál es el valor real de un inmueble y para ello, además de análisis comparativo de los precios que fluctúan en el mercado, debe tener una perspectiva de las tendencias de crecimiento de la ciudad. También se le debe recomendar al cliente que busque a un especialista en tasación. Muchas veces, por desconocimiento, el agente no le dice al cliente que el precio fijado es demasiado alto para lo que ofrece el mercado y una residencia sobrevaluada significa una pérdida de tiempo para ambas partes.

4. Asesorar al comprador
Al momento de asesorar al comprador, el agente debe saber qué es lo que busca y necesita este, desde la ubicación y el número de cuartos hasta el presupuesto que maneja. Muchas veces el corredor puede asesorar y recomendarle al cliente alternativas que no había contemplado (como una ubicación que facilita el traslado de los niños al colegio y otros servicios).

5. Capacitación constante
El agente debe estar actualizado en temas de reglamentación municipal, debido a que la zonificación cambia periódicamente. También conocer el certificado de parámetros y tener nociones de planificación urbana. Algunos se especializan en distritos, otros en el servicio de venta de residencias, comercial, industrial, etc.

LOS DATOS
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La Comisión que usualmente cobra un corredor por la venta de un inmueble de segundo uso es de 5%. En el caso de viviendas nuevas suele ser el 3%. En el Perú, quien paga la comisión es el propietario, pero también hay casos de inversionistas que pagan a una agencia inmobiliaria para que les busque terrenos.

EL Registro. Un requisito para registrarse es llevar un curso de especialización para agentes inmobiliarios. Más información en la web www.vivienda.gob.pe (Agente inmobiliario).

Venta madura. Según Alfredo Graf & Asociados, si antes el ciclo natural para que madurara una venta era de 180 días, ahora el plazo es más corto. Una propiedad bien ubicada y a un precio adecuado se puede vender entre 90 y 120 días.

El 28 y 29 de setiembre se realizará el Congreso Internacional de Profesionales Inmobiliarios COIPRI 2010, organizado por la Asociación Peruana de Agentes Inmobiliarios ASPAI (www.aspai.org.pe/coipri2010).
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jueves, 9 de septiembre de 2010

COIPRI 2010 - 28 y 29 Setiembre


Estimados Señores

ASPAI se complace en invitarle a participar en el

I CONGRESO INTERNACIONAL DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS

"INVERSIÓN INMOBILIARIA: PERÚ, TU MEJOR OPCIÓN"


Tendremos conferencistas nacionales e internacionales de primer nivel que tratarán temas relacionados con tendencias y perspectivas del sector inmobiliario, y proporcionarán información relevante relacionada al crecimiento inmobiliario en el Perú y programa de inversiones a corto y mediano plazo. Está reunión constituye el primer punto de encuentro del rubro inmobiliario del país.

El Congreso será muy enriquecedor, especialmente para inversionistas del sector construcción e inmobiliario, pues será la oportunidad de consolidar esfuerzos entre todos los participantes de las diferentes disciplinas y colaborar con el desarrollo inmobiliario del país.

La actividad inmobiliaria está en auge… crezcamos planificadamente!

Sepamos dónde invertir….informémonos de las nuevas tendencias en planeamiento urbano y zonificación.
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Contaremos con la presencia del Ministerio de Vivienda, CAPECO y el Colegio de Arquitectos.

Consulte las tarifas promocionales al T. 422-0171
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Mónica Selem / Gerardo Cortada

Comité Congreso COIPRI 2010

ASOCIACION PERUANA DE AGENTES INMOBILARIOS - ASPAI

www.aspai.org.pe/coipri2010
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Noticias COIPRI 2010

Noticias del I Congreso Internacional de Profesionales Inmobiliarios 2010
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  1. La SUNARP ofrecerá a los participantes atención de consultas en línea durante el Congreso.
  2. Para mayor comodidad y fluidez a la hora de las inscripciones al Congreso, se entregarán en ASPAI, a partir del 23 de setiembre, las credenciales personalizadas, para aquellos asociados que deseen recogerlas previamente.
  3. Para los asociados habrá atención personalizada en el stand de ASPAI.
  4. Se esperan asistencia de Agentes Inmobiliarios a nivel nacional procedentes de Piura, Trujillo, Arequipa y Cusco; y a nivel internacional de USA.

    La información que se obtenga del Congreso será decisiva para el futuro inmobiliario. Convocamos a todos los asociados que faltan inscribirse a no perderse de asistir al I CONGRESO INTERNACIONAL DE PROFESIONALES INMOBILIARIOS realizado en el Perú. No dudamos que todos los miembros de nuestra asociación asistirán.



    Debido a la gran demanda de inscripciones al COIPRI 2010, a partir de la fecha estaremos atendiendo en ASPAI los días sábados hasta antes del Congreso. Los esperamos de 9:00 a.m. a 3:00 p.m. en calle Miguel Dasso 134 Of. 202 – San Isidro. Teléfonos 422-0171 ó 798 0435 (Informes). www.aspai.org.pe/coipri2010 (Debido a procesos de inscripciones corporativas, se amplió plazo hasta el lunes 13 de setiembre).


    Atentamente,


    Comité Organizador

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Código de Protección y Defensa del Consumidor

Estimados Asociados

La Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, publicada el 2 de setiembre de 2010 en el Diario El Peruano, en su Capítulo IV, Artículos 76 al 80 toca lo referente a los Productos o Servicios Inmobiliarios.

Es muy importante que los leamos y estemos al tanto de nuestras responsabilidades, más aún con la entrada en vigencia de la Ley 29080 Ley del Agente Inmobiliario que regirá a partir de Diciembre de este año.


Comité de Capacitación
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DIARIO EL PERUANO
2 setiembre de 2010
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Ley 29571
Código de Protección y Defensa del Consumidor

Capítulo IV
Productos o Servicios Inmobiliarios

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Artículo 76.- Protección del consumidor en contratos inmobiliarios.
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El derecho del consumidor a la información obliga al proveedor de productos y servicios inmobiliarios a informar sobre las características del inmueble que está adquiriendo así como a proporcionar toda aquella documentación que acredite la existencia de autorizaciones municipales, el área del inmueble, el proceso de titulación, habilitación urbana, saneamiento, materiales empleados en la construcción y en los acabados, inscripciones registrales del terreno y Declaratoria de Fábrica o de Edificación, reglamento interno, independización y toda aquella documentación relevante.
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Artículo 77.- Información mínima en el proceso de compra.
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77.1 Los proveedores deben establecer e implementar medidas para brindar, como mínimo, información clara y veraz sobre:
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a. La identificación del proveedor inmobiliario, del representante legal, en el caso de que se trate de personas jurídicas, la dirección completa del inmueble, los teléfonos de contacto y la dirección de correo electrónico o página web.
b. La descripción del inmueble, cantidad de unidades inmobiliarias y características relevantes tales como el área exclusiva y común, de ser el caso, medidas perimétricas y acabados del inmueble. Asimismo, deben adoptar medidas para permitir que el consumidor acceda a esta información.
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77.2 Los proveedores deben implementar y mantener procedimientos para proporcionar la información de manera previa y gratuita a la suscripción de un contrato considerando los aspectos siguientes:
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a. Partida registral en el caso de bienes inscritos o título en el caso de bienes no inscritos, que acredite que quien suscribe el o los contratos de compraventa es propietario del inmueble ofrecido o del inmueble matriz del cual se independizará el producto ofrecido.
b. Situación del proceso de habilitación urbana o de licencias de edificación, según corresponda.
c. Plano del inmueble ofertado, precisando qué aspectos tienen carácter referencial, de ser el caso.
d. Identificación y características del inmueble: ambientes, área del inmueble, áreas comunes, acabados y servicios públicos domiciliarios con los que cuenta, diferenciando los servicios propios de los servicios comunes, tales como electricidad, agua potable y alcantarillado.
e. Precio de venta del inmueble ofertado, incluyendo la forma de pago, plazo, moneda en la que se realiza el pago, los gastos y tributos, promociones y descuentos, y cronograma de pagos debidamente desagregado.
f. Condiciones de la separación: vigencia, causales y efectos de la resolución (gastos administrativos y penalidades). En la venta de inmuebles sobre planos o de bienes futuros, el proveedor debe devolver el íntegro de los pagos adelantados efectuados por todo concepto a sola solicitud del consumidor, en el caso de que la prestación no se llegue a ejecutar por causas atribuibles al proveedor.
g. Datos del proveedor: Partida Registral de la Persona Jurídica, nombre de los representantes legales con sus vigencias de poder debidamente inscrito, Registro Único de Contribuyentes (RUC) o Documento Nacional de Identidad (DNI), de ser el caso.
h. Tratándose de bienes futuros, el documento que acredite la aprobación del proyecto de habilitación urbana o el anteproyecto de arquitectura, según corresponda.
i. Vigencia de la oferta.
j. Tratándose de inmuebles terminados, copia de la Hoja de Resumen (HR), Predio Urbano (PU), acreditación de no adeudo de tributos o de la situación tributaria del inmueble, y partida registral donde conste la independización del inmueble, de ser el caso.
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77.3 Cuando el financiamiento del precio de venta o parte de este sea ofrecido directamente por el proveedor, debe informar previa y detalladamente e incorporar en una hoja resumen con la firma del proveedor y del cliente lo siguiente:
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a. El monto de los intereses y las tasas de interés aplicables conforme a las disposiciones del presente Código y las cláusulas penales, si las hubiera.
b. El monto y detalle de cualquier cargo adicional, si lo hubiera.
c. El número de cuotas o pagos a realizar, su periodicidad y la fecha de pago, asimismo, todos los beneficios pactados por el pago en el tiempo y forma de todas las cuotas.
d. La cantidad total a pagar por el inmueble, incluyendo el precio al contado más los intereses y gastos administrativos.
e. El derecho de efectuar el pago anticipado o prepago de los saldos, en forma total o parcial, con la consiguiente reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractuales pactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.
f. Los alcances y obligaciones puntuales de las garantías y avales, si los hubiera.
g. Cualquier otra información que sea relevante.
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77.4 En caso de que el financiamiento del precio de venta o parte de este sea otorgado por una entidad financiera, es esta la que detalla las condiciones de aquel de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Código y de las emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.
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Artículo 78.- Información mínima del contrato de compraventa.
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78.1 Los proveedores deben establecer, implementar y mantener procedimientos para evidenciar que el contrato sea accesible y contenga como mínimo la siguiente información:
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a. Identificación de las partes contratantes señalando sus respectivos domicilios legales.
b. Identificación del inmueble materia de venta.
c. Identificación de la partida registral del inmueble; en los casos de bien futuro, del inmueble matriz.
d. Área exclusiva y común, de ser el caso, medidas perimétricas, acabados del inmueble y las características relevantes del inmueble.
e. Precio de venta del inmueble ofertado.
f. Forma de pago y plazo.
g. Plazo, fecha o condiciones expresas de entrega del inmueble y penalidades por incumplimiento que se hubieran pactado.
h. Supuestos en los cuales se aplican penalidades y el monto de las mismas.
i. La obligación del vendedor de firmar todos los documentos que sean necesarios para perfeccionar la transferencia del inmueble.
j. Mecanismos para la solución de controversias.
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78.2 A la firma de los contratos de compraventa debe entregarse al comprador la siguiente información:
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I. Cuando se trate de bienes futuros:
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a. Lotes:
- Resolución emitida por la municipalidad correspondiente y plano de la aprobación del proyecto de habilitación urbana.
- Plano de la lotización, en el que se detalle la ubicación del lote.
- Plano del lote con indicación del área y medidas perimétricas.
- Características de la habilitación urbana.
b. Edificaciones:
- Aprobación del anteproyecto o proyecto.
- Plano de distribución.
- Características de los acabados, servicios públicos domiciliarios, áreas comunes y otras características relevantes.
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II. Cuando se trate de bienes terminados -lotes o edificaciones -, copia de la partida registral, así como de los planos de las instalaciones de los servicios del inmueble y los planos de las instalaciones de servicios comunes, en el caso de propiedad común, entregándose esto último a la junta de propietarios respectiva.
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Artículo 79.- Obligación de saneamiento del proveedor.
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Al momento de la entrega del inmueble, el consumidor tiene el derecho de expresar por escrito su aprobación respecto a las características, condiciones y estado en general del bien que se le entrega.
De igual modo, el consumidor puede expresar su desaprobación siempre que esta entrega no corresponda a características y condiciones previstas en el contrato, según las siguientes reglas:
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1. En el caso de venta de terrenos dentro de un proceso de habilitación urbana, el consumidor puede expresar su desaprobación sobre cambios en el metraje que se encuentren fuera de los rangos acordados, ubicación del lote, mobiliario urbano circundante dentro del proyecto de habilitación urbana y en general aquellas que impidan o limiten su uso.
2. En el caso de venta de bienes futuros, el consumidor puede expresar su desaprobación sobre desperfectos, deficiencias u otras condiciones que desmejoren el valor del inmueble que se le entrega, o que impidan o limiten su uso.
3. En el caso de venta de bienes de segunda mano o que no son de estreno, el consumidor puede expresar su desaprobación si el proveedor modifica las características y condiciones del inmueble que se vende con posterioridad al contrato de compraventa.
4. De presentarse alguna de estas situaciones, el consumidor puede exigir, a través de los mecanismos legales pertinentes, la reparación, la reducción del precio o la resolución o rescisión del contrato, según corresponda.
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Artículo 80.- Servicio posventa.
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Los proveedores deben implementar y mantener procedimientos para ofrecer una información completa sobre lo siguiente:
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a. Los períodos de garantía, que son establecidos por el proveedor de acuerdo con los siguientes criterios: (i) si son componentes o materiales, de acuerdo con lo establecido por el proveedor de los mismos; (ii) si son aspectos estructurales, como mínimo cinco (5) años desde emitido el certificado de finalización de obra y recepción de obra por pa rte de la municipalidad.
b. El manual de uso del propietario, que debe contener como mínimo la descripción de los componentes del inmueble, los cuidados que hay que observar para el mantenimiento adecuado y los riesgos que pueden derivarse del mal uso.
c. Disponer de personal idóneo y ofrecer diferentes alternativas de contacto para la recepción de sugerencias, reclamos o solicitudes de servicios.
d. Ofrecer servicio de atención: dar respuesta dentro del plazo establecido por el proveedor e informar las causas ajenas al mismo que pueden afectar su cumplimiento.
e. Establecer un procedimiento de atención de quejas sencillo y rápido que incluya el registro y seguimiento de las mismas.


Diario El Peruano
Jueves 2 de setiembre de 2010





miércoles, 1 de septiembre de 2010

Cumpleaños ASPAI - Setiembre 2010

Saludos a todos los asociados que cumplen años este mes...muchos éxitos y felicidades!!!

02 MIGUEL HAAKER

03 ROSA MARIA GASTAÑETA

05 ELI BOZA

05 SISSI GONZALEZ
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06 MARIO CHANG

09 RUBEN SARDON

10 MARIA LUISA GONZALEZ

12 CARLOS MEDINA

12 MARTHA VERMIGLIO

14 TITA MEIER

18 MERCEDES DURAZO

18 IVETTE FOX

19 NELLA PONCE

20 TERE VIVANCO

21 VICTOR IPARRAGUIRRE

26 ROXANA DE ORBEGOSO

27 JEANETTE MANSILLA

28 CECILIA SPIHLMANN

28 HELENA TEJADA

28 GLORIA DE LAS CASAS

29 MARIA TERESA OTERO

29 ANA POLAR

jueves, 5 de agosto de 2010

Cumpleaños ASPAI - Agosto 2010


Un saludo afectuoso a los asociados que cumplen años este mes!!!...


01 Elizabeth Carpio

02 Jessica Murillo

03 María Teresa Secco

03 Oscar Cáceres

07 Mónica Haaker

08 Mary Quiroz

08 Jaquelina Gonzales

09 Fabiola Ríos Peña

09 Paul Casanova

10 Franz López

11 Pilar Pareja

12 Clara Montalván

14 Verónica Alarco

15 Oscar Lucas

15 Celina Valencia

17 María Rosa Olaechea

21 Raúl Zuazo

25 María Jiménez

27 Michelle Villasana

27 Hugo Villanueva

30 Lilian Gruter