jueves, 13 de agosto de 2009

Clases de Asociados ASPAI

ESTATUTO
ASOCIACION PERUANA DE AGENTES INMOBILIARIOS - ASPAI


CAPITULO III
DE LOS ASOCIADOS, SUS OBLIGACIONES Y DERECHOS


ARTÍCULO 6.- Hay cuatro clases de Asociados:

I. ACTIVOS.- Son aquellas personas naturales que son incorporados a la Asociación por haber venido desempeñando la actividad inmobiliaria como actividad principal por más de dos años y haber obtenido el registro de agente inmobiliario de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 29080 y su reglamento. Tienen voz y voto y deben cumplir con las obligaciones inherentes a su condición. Los asociados activos son los únicos asociados que pueden usar el logo de ASPAI y lo harán respetando las normas internas de uso establecidas por la institución. Para su ingreso se requiere ser admitidos por mayoría calificada en votación secreta del Consejo Directivo sin la presencia del postulante.

II. ESPECIALES.- Son aquellas personas naturales que sin tener experiencia como agentes inmobiliarios han obtenido el registro del agente inmobiliario de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29080 y su reglamento.
Estos asociados tienen voz pero no voto en las Asambleas. Automáticamente adquieren la condición de “asociados activos” luego de transcurridos dos años desde su incorporación a la Asociación. Para su ingreso se requiere ser admitidos por mayoría calificada en votación secreta del Consejo Directivo sin la presencia del postulante. No pueden participar de los procesos electorales ni ejercer cargos directivos. Los asociados especiales pueden formar parte de los Comités de la Asociación a excepción del Comité de Ética y Disciplina Los asociados especiales que ingresen a la institución con posterioridad al 9 de junio del 2009 no podrán utilizar el logo de ASPAI hasta convertirse en socios activos.

III. HONORARIOS.- Son aquellos que por su actividad personal y/o profesional se considera que han hecho merito suficiente con relación a los objetivos y/o fines de la Asociación. Son incorporados a propuesta del Consejo Directivo o de la Asamblea General. No requieren contar con el registro de agente inmobiliario. Tienen voz pero no voto en las Asambleas. No pueden participar de los procesos electorales, ni como candidatos ni como electores; tampoco pueden ejercer cargos directivos.

IV. AUSENTES.- Son aquellos asociados, sean activos o especiales que han comunicado al Consejo Directivo su intención de no participar de las actividades de la Asociación por un período determinado de tiempo que no puede exceder los 2 años, por motivo de viaje o de enfermedad.


REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LA SOLICITUD DE INGRESO

La solicitud de ingreso debe ser llenada íntegramente con letra de imprenta y se deberá adjuntar:

a) Fotocopia del DNI del solicitante.

b) 3 fotografías a color tamaño pasaporte.

c) Cartas Declaración de presentación de los socios proponentes.

d) Hoja de Vida (Currículum Vitae).

El solicitante deberá ser propuesto por 3 asociados hábiles, los que deberán estar al día en sus cuotas a ASPAI, a quienes el Consejo Directivo y/o El Comité de Ética y Disciplina se reserven el derecho de entrevistar en el momento que lo estimen conveniente.

Los asociados que firmen solicitudes de ingreso sin haber verificado la antigüedad, experiencia y línea de trabajo del postulante estarán sujetos a sanciones y la solicitud del postulante será declarada como NO presentada.

Los familiares consanguíneos del postulante, los miembros del Consejo Directivo así como los integrantes del Comité de Ética no podrán ser socios proponentes.

Para ser admitido como Socio Activo:

a) ser persona natural,

b) acreditar un mínimo de 4 años de trabajo ininterrumpido y a tiempo completo como Agente Inmobiliario,

c) o haber aprobado estudios en Gestión Inmobiliaria en una entidad educativa que tenga firmado convenio con ASPAI y que posea dos años de experiencia laboral como Agente Inmobiliario.

Todo lo antes indicado deberá ser refrendado por los asociados que firmen la solicitud de ingreso.

Para ser admitido como Socio Especial:

a) Ser persona natural,

b) Haber aprobado estudios en Gestión Inmobiliaria en una entidad educativa que tenga firmado convenio con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

c) No es necesario que tenga experiencia como Agente Inmobiliario.

Depositar en el plazo de 15 días posteriores a su aceptación como Asociado, la cuota de ingreso vigente al momento de la aprobación de la solicitud del postulante. La cuota de ingreso podrá ser modificada por acuerdo del Consejo Directivo de la Asociación.

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